El nuevo Bº se denomina "Costanera Sur" y fue aprobado por unanimidad en el Concejo villamercedino
El Concejo Deliberante de a ciudad de Villa Mercedes tuvieron la tarea de designar por Ordenanza a un barrio que por su desarrollo se gestó en las margenes del Río V a la derecha de puente conocido como de "Hierro" por los villamercedinos. El proyecto fue elaborado por la Concejal Emma Del Castello, quien escuchó los reclamos de los vecinos de la zona que estaban cansados de ser reconocidos como por el nombre de un supermercado que se encuentra en la zona. La idea de dar pertenencia a los vecinos inclusive se tradujo en uno de los considerandos mas importantes de la Ordenanza, que finalmente terminaron aprobando por unanimidad los ediles de Villa Mercedes. Hoy los habitantes del lugar pueden sentirse integrados a la ciudad como un barrio más, pero de con una denominación que celebra su existencia y premia su tenacidad por sostenerse con una identidad que los identifique.
Ordenanza Nº601-ASCyE-O/2014
Partido Justicialista
VISTO:
La
necesidad de designar correctamente un
cuadrante del Sector Sur de la
ciudad, comprendido; al Norte por calle Ayacucho;
al Oeste por calle Dr. Mestre; al Este por Av.25 de Mayo; al Sur por Costanera Rio Quinto; y
CONSIDERANDO:
Que en el transcurso de los
años Villa Mercedes ha ido creciendo de una forma desmesurada no solo en lo
demográfico, productivo sino también en
lo urbanístico, a ojos vista están las obras,
de pequeña y gran envergadura,
que se asientan especialmente en este sector sur de la ciudad, no solo
embelleciendo la zona. Además el sector se nutrió de servicios de infraestructura
como agua, cloaca, luz y el imponente puente “Monseñor Francisco Miranda”, que
se yergue como símbolo de integración con las diferentes barriadas del lugar.-
Que los vecinos del lugar
manifiestan la necesidad de
identificarse correctamente con un lugar de pertenencia de acuerdo a su sentir y no con el nombre que se le signo, hoy por
hoy, como barrio “Bajo Vea”. Nombre con el cual no se sienten identificados, más
aún consideran un menoscabo en su carácter identitario, incluso poseyendo en
sus documentos de identidad la asignación como Costanera Sur.-
Que los cambios , el desarrollo y el
diseño urbano que han atravesado a la comunidad
en los últimos años, inciden en el comportamiento de las personas, donde la
urbanidad (calidad y cantidad de servicios, espacios públicos con diversidad)
eleva el nivel de vida de un lugar
acorde a las demandas de los ciudadanos y motiva a los vecinos a ordenarse, a sentirse integrados a esta movilidad
urbana con un estricto sentido de pertenencia y de identificación, contenidos en su hábitat natural, que es “su barrio”.-
Que el municipio como gestor
urbano, está en contacto directo con las necesidades de las personas,
planificando y dando ordenamiento urbano desde las diferentes aéreas involucradas en la materia.-
Que las sugerencias de
nombres para el barrio se han
enmarcado en la Ordenanza N° 430-ASCE/O/2012
establece en su Art.1) la modalidad a la
hora de nombrar y denominar las calles, pasajes, espacios verdes, plazas,
parques, rotondas, derivadores, obras, el que
debe ser de una manera ordenada
en el
marco de la planificación urbana,
como así también en su Art.2º) estipula
que a la hora denominar se
considere; el entorno del barrio, las
referencias históricas, políticas, culturales, folclórica, paisajísticas
y que las mismas no se mezclen en sus
nomenclaturas, con diferentes géneros
o motivos.-
Que es menester identificar
el barrio, consolidando así la trama urbana de la ciudad, con el afán de reordenar
desde lo urbanístico guiando a los vecinos, ciudadanos y a las personas foráneas que transitan por
el lugar.-
Que atendiendo al art.174 de
nuestra Carta Orgánica, el Municipio orientará, promoverá y proveerá el planeamiento
integral del desarrollo urbano, rural y
de áreas complementarias.-
Que como legisladores debemos
instar a ordenar, organizar y acompañar el crecimiento físico del sector
oeste tomando en cuenta
su entorno, su estructura actual, las posibilidades de expansión de la
infraestructura , servicios y las características socio paisajísticas, para lograr el fortalecimiento de la comunidad Villamercedina , en un todo.-
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE, EN QUÓRUM LEGAL Y EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS,
SANCIONA LA SIGUIENTE :
ORDENANZA
N º601-ASCyE-O/2014
Art.1°) Denomínese con el nombre de Barrio “COSTANERA
SUR “al cuadrante del Sector Sur de la ciudad, comprendido, al:
Norte por calle Ayacucho; al Oeste por calle Dr.
Mestre; al Este por Av.25 de Mayo; al Sur por Costanera Rio Quinto.
Art.2°) Procédase a la señalización, dese difusión
desde las áreas correspondientes del Departamento Ejecutivo Municipal.-
Art.3º) Cúmplase.-