Reemplazará a Jorge Olguín como Rector Normalizador de la casa de altos estudios
El boletín oficial en su edición electrónica publicó el nombramiento del Dr. Roberto Schwartz al frente de la novel universidad de Villa Mercedes (UNViMe). Según reza el Boletín Oficial se procede a designar al actual Ministro de Salud de la provincia de San Luis al frente de la casa de estudios, en reemplazo del actual rector Mgr. Jorge Olguín.
Texto del Boletín Oficial
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES
Decreto 499/2016
Desígnase Rector Organizador de la Universidad Nacional de Villa Mercedes, Provincia de San Luis.
Bs. As., 18/03/2016
VISTO el Expediente N° 15.049/09 del Registro del entonces MINISTERIO DE EDUCACIÓN, las Leyes Nros. 24.521 y 26.542 y el Decreto N° 143 de fecha 12 de enero de 2016, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 143/16, se designó Rector Organizador de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE VILLA MERCEDES al Magister Jorge Raúl OLGUÍN para culminar con el proceso de organización.
Que, analizados los antecedentes académicos del Profesor Doctor Roberto Jorge SCHWARTZ, surge de los mismos que reúne las condiciones necesarias para cumplimentar y llevar adelante el proceso de normalización en los términos del artículo 49 de la Ley N° 24.521.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 3° de la Ley N° 26.542.
Por ello,
EL PRESIDENTE
DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Dánse por limitadas a partir del dictado de la medida, las funciones del Magister Jorge Raúl OLGUÍN (DNI N° 13.039.455) como Rector Organizador de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE VILLA MERCEDES, agradeciendo los servicios prestados en tal carácter.
Art. 2° — Desígnase Rector Organizador de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE VILLA MERCEDES, con sede central en la Ciudad de VILLA MERCEDES, PROVINCIA DE SAN LUIS, al Profesor Doctor Roberto Jorge SCHWARTZ (DNI N° 11.328.786), el que asumirá sus funciones a partir de la firma del presente decreto, con las facultades y obligaciones previstas en el artículo 49 de la Ley N° 24.521.
Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MACRI. — Esteban J. Bullrich.
Fecha de publicación 21/03/2016