lunes, 16 de julio de 2018

CON UN JURY DE ENJUICIAMIENTO FUE DESTITUIDA LA JUEZA DE FAMILIA SILVINA VERONICA LAFUENTE

El Jurado además de la destitución le aplicó una inhabilitación por siete años para ejercer en cargos públicos

El Honorable Jurado de Enjuiciamiento de la Provincia de San Luis, dispuso la destitución de la Dra. Silvina Verónica Lafuente como Jueza de Familia y Menores Nº 2 de la Segunda Circunscripción Judicial, también se resolvió inhabilitarla por 7 años para ocupar cargos públicos.
Parte final del fallo firmado por el Jurado:
"A la TERCERA CUESTiÓN, los doctores MARTHA RAQUEL
CORVALAN, SERGIO DARlO DE BATIISTA, MARI EL ELlSABET L1NARDI,
JORGE MARCELO SHORTREDE, CARLA MONDELLI CURCHOD, RAFAEL
ANGEL SANCHEZ, DIP. MIRTHA BEATRIZ OCHOA, DIP. ROSA BEATRIZ DEL
V, CALDERON Y DIP. DR. RICARDO JAVIER GIMENEZ, dijeron:
1°) Conforme hemos votado las cuestiones anteriores
encuadramos la conducta de la Dra. Silvina Verónica Lafuente en el Art. 22
apartado 11,Inc. c) ineptitud o negligencia demostrada en el ejercicio de sus
funciones, d) desconocimiento inexcusable y grave del derecho, e) incumplimiento
de los deberes inherentes a su cargo, g) morosidad en el ejercicio de sus
funciones, consistente en la inasistencia al lugar habitual de cumplimiento de sus
funciones en el horario fijado por la Ley Orgánica de Tribunales. Asimismo, no dar
cumplimiento a los plazos procesales establecidos por los códigos de
procedimientos para dictar decretos simples; resoluciones; sentencias judiciales,
h) in fine. Realizar cualquier acto procesal que provoque la demora en la
tramitación del expediente, i) graves irregularidades en el procedimiento, que
hayan motivado el desprestigio del Poder Judicial; apartado 111 Inc. a) Comisión de
actos o hechos inmorales o indecorosos susceptibles de producir el descontento
público de la ley N° VI-0478-2005, texto ordenado por Ley XVIII-0712-2010 - Ley
VI - 0640 - 2008. Y Articulos 224 de la Constitución Provincial mal desempeño de
sus funciones y 231 de la Constitución Provincial mala conducta, negligencia, y la
morosidad injustificada en el ejercicio de sus funciones, declarándola culpable de
los hechos que se le imputan.
2°) DISPONER la inmediata remoción de la Dra. Silvina
Verónica Lafuente del cargo de magistrada del Juzgado de Primera Instancia de
Familia y Menores N° 2 de la Segunda Circunscripción Judicial de la Provincia de
San Luis, a partir de la fecha de notificación del presente.
3°) Disponer su INHABILITACiÓN por el término de SIETE
AÑOS para el ejercicio de cargos públicos.
4°) REMITIR las actuaciones al Señor Agente Fiscal en turno a
los fines de la investigación de la posible comisión de delito.
5°) DAR CONOCIMIENTO de la sentencia al Excmo. Superior
Tribunal de Justicia, Poder Ejecutivo Provincial, Poder Legislativo Provincial,
Consejo de la Magistratura y Procuración General.
6°) Devuélvase a las dependencias de origen la prueba
documental reservada en Secretaría, y oportunamente archívense estas
actuaciones.
7) Se deja constancia que las partes intervinientes quedan
notificadas de la presente resolución en este acto.
Con lo que se dio por finalizado el acto, disponiendo los Sres.
 del Jurado la Sentencia que va a continuación, firmando por ante mí doy fe" .
fuente http://www.periodicojudicial.gov.ar